Buscan evitar el “matrimonio infantil” en SLP

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Con el objetivo de evitar “el matrimonio infantil” proteger a menores de edad, la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, impulsa una iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, con el propósito de armonizar las disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la norma de la materia en el Estado.

En ella, se establece la obligatoriedad de las autoridades estatales y municipales, a adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.

La propuesta plantea reformar el artículo 41, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: “Corresponde a quienes ejerzan su patria potestad, tutela o guarda y custodia, la obligación primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo”.

Para garantizar este derecho, se establece como edad legal para contraer matrimonio, los dieciocho años.

Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto a niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social.

En la exposición de motivos se establece que el “matrimonio infantil”, también denominado matrimonio a edad temprana, hace referencia a cualquier unión civil, religiosa y consensual en la que al menos uno de los contrayentes es menor de 18 años.

Esta práctica constituye una forma de discriminación de género que afecta y vulnera los derechos particularmente de niñas y mujeres. Afecta a todos los países, culturas y religiones del mundo, aunque en distintas proporciones.

En 2012, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) señaló que alrededor de 400 millones de mujeres entre 20 y 49 años en todo el mundo se habían casado o unido antes de cumplir 18 años. Esta cifra aumentó a 700 millones en 2016 y de mantenerse la tenencia actual podría incrementarse a 950 millones en 2030.

Varios factores se asocian con el matrimonio o la unión antes de los 18 años, entre ellos la pobreza, la exclusión, la falta de oportunidades y “la desigualdad de género y los estereotipos culturales, profundamente arraigados en nuestras sociedades, que ven con normalidad que las niñas se casen o sean madres en la adolescencia, mucho antes de que tengan las condiciones físicas y emocionales para hacerlo”.

Como se reconoce en la mayoría de los trabajos sobre el tema, el matrimonio infantil y las uniones tempranas vulneran una serie de derechos, entre ellos el derecho a la salud de las niñas y adolescentes, el derecho la educación, el derecho a su bienestar y a disfrutar su infancia y, en general, el derecho a desarrollarse plenamente en todos los ámbitos de la vida.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posible aprobación.

 

Con el objetivo de evitar “el matrimonio infantil” proteger a menores de edad, la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, impulsa una iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, con el propósito de armonizar las disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la norma de la materia en el Estado.

En ella, se establece la obligatoriedad de las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias a adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.

 

La propuesta plantea reformar el artículo 41, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: “Corresponde a quienes ejerzan su patria potestad, tutela o guarda y custodia, la obligación primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo”.

 

Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuvarán a dicho fin mediante la adopción de las medidas apropiadas.

 

Para garantizar este derecho, se establece como edad legal para contraer matrimonio, los dieciocho años.

 

Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas

competencias deberán adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.

 

Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto a niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social.

 

En la exposición de motivos se establece que el “matrimonio infantil”, también denominado matrimonio a edad temprana, hace referencia a cualquier unión civil, religiosa y consensual en la que al menos uno de los contrayentes es menor de 18 años.

 

Esta práctica constituye una forma de discriminación de género que afecta y vulnera los derechos particularmente de niñas y mujeres. Afecta a todos los países, culturas y religiones del mundo, aunque en distintas proporciones.

 

En 2012, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) señaló que alrededor de 400 millones de mujeres entre 20 y 49 años en todo el mundo se habían casado o unido antes de cumplir 18 años. Esta cifra aumentó a 700 millones en 2016 y de mantenerse la tenencia actual podría incrementarse a 950 millones en 2030.

 

Varios factores se asocian con el matrimonio o la unión antes de los 18 años, entre ellos la pobreza, la exclusión, la falta de oportunidades y “la desigualdad de género y los estereotipos culturales, profundamente arraigados en nuestras sociedades, que ven con normalidad que las niñas se casen o sean madres en la adolescencia, mucho antes de que tengan las condiciones físicas y emocionales para hacerlo”.

 

Como se reconoce en la mayoría de los trabajos sobre el tema, el matrimonio infantil y las uniones tempranas vulneran una serie de derechos, entre ellos el derecho a la salud de las niñas y adolescentes, el derecho la educación, el derecho a su bienestar y a disfrutar su infancia y, en general, el derecho a desarrollarse plenamente en todos los ámbitos de la vida.

 

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posible aprobación.

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