Implicados en la tragedia del RICH recurren al amparo de la justicia federal
Blakely Morales
A la estrategia de buscar un acuerdo conciliatorio, los tres imputados en el proceso judicial, posibles responsable de la tragedia en el antro Rich, el pasado 7 de junio; ahora se suman dos amparos interpuestos por la defensa ante el Juzgado Sexto de Distrito del Noveno Circuito del Poder Judicial federal.
El 22 de junio reciente, en la continuación de la audiencia inicial, tras la aprehensión de los señalados el 17 de junio, un juez de control de Centro Integral de Justicia Penal de La Pila, dicto la prisión preventiva para Nancy N., Ulises N. y Francisco N., la primera presunta prestanombres y el segundo el supuesto propietario del Rich.
Los tres señalados fueron vinculados a proceso en esa misma fecha por tres delitos: Homicidio culposo, lesiones e incumplimiento a normas de operación y funcionamiento.
Con el amparo número 1012/2024, Nancy N., es la única que combate el tercero de los delitos imputados. De acuerdo a información consultada a través de la plataforma del Consejo de la Judicatura federal, una de las autoridades señaladas en ese procedimiento es el gobernador del estado.
Según el auto de ingreso del amparo con fecha del 17 de junio, Nancy N., reclamó ante la justicia federal la aplicación de los artículos 346 y 347 del Código Penal del estado; artículos contenidos en el capítulo II, del título Décimo Séptimo relativo a los Delitos contra la Economía Pública.
Ambos artículos fueron reformados en 2017, y refieren que
“Comete el delito de incumplimiento a normas de operación o funcionamiento quien venda, expenda o suministre alcohol etílico (…), sin lo licencia o permiso para su operación o funcionamiento”.
También explican que “comete el delito de incumplimiento de normas, quien en negocio establecido, con licencia o permiso para su operación (…) ejerza la actividad de venta de bebidas que contengan alcohol (…)” pero de una manera no acorde con lo autorizado.
Ambas modalidades del delito de incumplimiento son castigadas con penas de hasta diez años de cárcel.
Se infiere que la apoderada legal del antro RICH, está negando la responsabilidad por las irregularidades administrativas del lugar o el procedimiento de investigación que llevó a la fiscalía a solicitar la vinculación por el posible delito de incumplimiento normas; esto a pesar de los informes relatados en medios y la supuesta evidencia de los documentos vencidos o discordantes con su verdadera actividad, que han sido público.
El otro amparo con número de expediente 1006/2024 ingresó unos días antes, el 12 de julio y en él los tres vinculados a proceso Nancy N., Ulises N. y Francisco N., reclamaron la resolución del 22 de junio de 2024 mediante la cual se les impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada.
En ese caso, el amparo recibió casi de inmediato el 15 de julio, una primera negativa de suspensión privisional para que los implicados continúen en la cárcel bajo la figura de prisión preventiva justificada, lo que provocó que de inmediato la defensa recurriera al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Noveno Circuito, con una queja, que fue admitida este viernes 19 de junio.
El juzgado sexto de distrito está programando una primera audiencia constitucional en el amparo 1012/2024, para el próximo 23 de agosto.
Con todo esto, es previsible que la audiencia programada para el 2 de agosto próximo, donde la fiscalía espera recibir una solicitud de la defensa para llegar a un acuerdo, tenga ser pospuesta.
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