Juez mantiene suspensión definitiva contra censo de personas desaparecidas de AMLO

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Aristegui.-  El colectivo 10 de Marzo, de búsqueda de personas desaparecidas, logró mantener una suspensión definitiva que impide al gobierno federal modificar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) indicó Delia Quiroa, abogada y líder del grupo.

Explicó que esta decisión judicial responde a un amparo presentado hace un año, tras las alteraciones del registro oficial, así como al proceso irregular por el cual se designó a la titular de la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, al final del sexenio lopezobradorista.

“Después de una ardua lucha, se nos concedió la suspensión definitiva para que el presidente López Obrador y Luisa Alcalde no alteraran los registros de personas desaparecidas y se destituyera a ‘Tere Lupe’, además de convocar nuevamente a los colectivos para elegir a una nueva comisionada“.

La suspensión definitiva es resultado de un fallo judicial sobre señalamientos del colectivo, relacionados con el censo ordenado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, para poder modificar los registros de personas desaparecidas.

A pesar de esta resolución,  la presidencia de la República presentó un recurso de revisión para continuar con las modificaciones, recordó Quiroa.

“Los argumentos de López Obrador y de la Secretaría de Gobernación son inoperantes, por lo que se mantiene la suspensión definitiva para que la Presidencia no pueda alterar los registros de personas desaparecidas”, explicó.

La abogada también advirtió a la actual presidenta Claudia Sheinbaum sobre las consecuencias legales de “borrar” a personas desaparecidas del censo.

“Presidenta Claudia Sheinbaum, por favor, absténgase de borrar personas desaparecidas de este censo, o usted también podría ser responsable de un crimen de lesa humanidad por desaparición forzada”, dijo.

Además, la activista afirmó que en su momento, el expresidente López Obrador y demás involucrados deberán responder ante la Corte Penal Internacional por esta situación.

La líder del colectivo 10 de Marzo apuntó que las personas desaparecidas inscritas en el RNDPDNO tienen una protección especial en su amparo 1951/2023, para que la Presidencia de la República no altere ni modifique las fichas de búsqueda.

De hacerlo, dijo, las autoridades serán acreedores a sanciones como la cárcel o inhabilitación para ocupar cargos públicos.

Finalmente, hizo un llamado a las familias de personas desaparecidas para que si detectan que su familiar fue borrado del registro o se alteró su información, se comuniquen con ella para ayudarles con la situación.

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