Caso de la Casa Blanca quedará cerrado sin sanción penal: juez suspende el proceso

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El caso de la Casa Blanca, en el que se implicó al ex presidente Enrique Peña Nieto, su ex esposa, Angélica Rivera y a la empresa Higa, se cerrará sin sanción penal para nadie.

Y es que, en acato a una decisión de una magistrada federal, un Juez de Control del Reclusorio Norte, concedió el mecanismo alterno de solución y suspensión condicional del proceso penal a tres personas implicadas en el caso.

Se trata de José Gabriel Carreño Camacho, Jesús Antonio Suárez, y Daniel Pérez Rueda, todos ex empleados de la Secretaría de la Función Pública (SFP), señalados como responsables de extraviar el expediente original y pruebas del caso.

A cambio del castigo penal, que podría incluir su encarcelamiento, dichas personas fueron sancionadas únicamente con realizar trabajo social a favor de la comunidad y ofrecer disculpa pública por no resguardar el expediente y, en su lugar, dejar una versión pública testada que de nada sirve para imputar a más personas por este presunto caso de corrupción.

Autoridades federales confirmaron a este diario que se trata de una decisión que deriva de la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2021 por Isabel Cristina Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Ciudad de México.

En una revisión que hizo El Financiero al expediente del caso, inscrito en la Toca Penal 206/2021, la magistrada Porras Odriozola justificó su decisión a la luz de la reforma Constitucional de 2018 al Sistema de Justicia Penal.

Detalló que dicho sistema es acusatorio y oral, y uno de sus objetivos es esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, que los daños causados se reparen y resolver el conflicto.

Agregó que el artículo 17, quinto párrafo, de la Constitución, dispuso que las leyes preverán “no como opción, sino como deber”, mecanismos alternativos de solución de controversias, como lo solicitaron los tres imputados.

La juzgadora precisó que conceder la suspensión condicional del proceso, no constituye sentencia que absuelva a los imputados, sino una pauta para que se les aplique uno de los sustitutivos de pena previstos en la ley.

Estimó, además, que “no existe una oposición fundada” por parte de la FGR y la SFP, dependencias que pidieron judicializar el caso en aras de imponer una sanción ejemplar y no permitir que el caso quede impune.

El Financiero

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