Comisión en el Senado avala restringir obtención de licencia para portación de armas

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La reforma busca evitar que las personas que se encuentran cumpliendo una condena bajo la modalidad de supervisión o monitoreo electrónico porten armas y puedan producir algún daño.

El Universal.- La Comisión de Defensa Nacional del Senado aprobó una reforma que prohíbe que se entreguen licencias para la portación de armas de fuego a personas que hayan sido sentenciadas por delitos dolosos, es decir los hechos punibles que se comete con intención de producir un daño en una persona como feminicidios, violación y desaparición forzada, entre otros.

Por unanimidad se avaló la reforma al artículo 26°, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que establece que las licencias particulares para la portación de armas serán individuales para personas físicas, o colectivas para las morales, y podrán expedirse cuando se cumplan los requisitos siguientes.

En el caso de personas físicas el “no contar con sentencia ejecutoria por la comisión de delito doloso.

Se argumentó que la reforma busca una regulación más estricta para el otorgamiento de licencias para la portación de armas.

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