Asigna CEEPAC Diputaciones de Representación Proporcional

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• Se asignan 2 al PAN, 2 al PRI, 3 al PVEM, 1 al PMC, 3 a MOREA, 1 al PANAL.
El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) llevó a cabo el Cómputo Estatal de la elección de Diputaciones por el principio de Representación Proporcional para proceder a la asignación de personas por ese principio y que integrarán la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado.
El CEEPAC dio a conocer que en la reciente jornada electoral la votación válida emitida fue de 1´247 265 en la elección de diputaciones y a partir de ello se realizaron las asignaciones de diputaciones de representación proporcional.
Es importante mencionar que a cada partido político que alcance al menos el 3.7% de la votación válida emitida, se le asigna una diputación de representación proporcional, posteriormente se dividen las diputaciones pendientes de asignar entre los partidos políticos de acuerdo a las fórmulas establecidas en la ley electoral.
Posteriormente se revisa la sobre y sub representación: esto quiere decir que se debe verificar que ningún partido político tenga dentro de su participación en el congreso, una diferencia mayor o menor al 8% en relación con el porcentaje de la votación emitida en la elección. Solo se exceptúa de este ajuste, en el caso de partidos políticos que obtuvieron triunfos de mayoría relativa.
Finalmente se verificó la integración paritaria, conforme a la asignación de las diputaciones de representación proporcional, conforme a las listas registradas por los partidos políticos, a fin de asegurar que las 27 diputaciones (15 de mayoría relativa y 12 de representación proporcional), se asignen en paridad entre los géneros. En caso necesario, se realiza ajuste de género en el partido político que hubiere obtenido la votación más baja.
Como resultado de las elecciones de diputaciones de mayoría relativa y la asignación de representación proporcional, se integra el Congreso con 14 personas de género femenino y 13 de género masculino; por lo tanto, no es necesario realizar ajuste de paridad.

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