CEEPAC aprueba  protocolo para la atención a víctimas de violencia política  contra  las  mujeres  en  razón  de  género

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En sesión extraordinaria el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) se aprobó  el  proyecto de Protocolo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para la atención a víctimas y la elaboración del análisis de riesgo y plan de seguridad en los casos de violencia política  contra  las  mujeres  en  razón  de  género; que proponen las  comisiones  de Igualdad de Género y Violencia Política y de Quejas y Denuncias del CEEPAC.

La Consejera Zelandia Bórquez Estrada, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y Violencia Política presentó el proyecto de protocolo y señaló que con el objetivo de contar con una regulación clara, precisa, detallada y ordenada que brinde seguridad jurídica y respeto a las garantías de todas las partes que intervengan en los procedimientos de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) se consideraron los siguientes elementos, para la emisión del Protocolo:

Actuar  con  perspectiva  de género; Análisis de riesgo; Estereotipo de género; Interseccionalidad; Perspectiva de género; Plan de seguridad; Presuntas víctimas directas, indirectas y potenciales; Tutela preventiva y violencia política contra las mujeres en razón de género, por mencionar algunos.

Entre las necesidades que motivan el Protocolo están prever las solicitudes de medidas de protección a las autoridades competentes con la finalidad de atender de manera inmediata situaciones de riesgo adicionales e inminentes planteadas por la presunta víctima, siempre que se cumplan con los presupuestos de gravedad,  urgencia  y  posible  irreparabilidad,  entre  estas  medidas  se  encuentran  las siguientes:

  1. Prohibición de acercarse o comunicarse con la presunta víctima;
  2. Limitación para asistir o acercarse al domicilio de la presunta víctima o al lugar donde se encuentre;
  3. Prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la presunta víctima o a personas relacionadas con ella;
  4. Vigilancia en el domicilio de la presunta víctima;
  5. Protección policial de la presunta víctima;
  6. Aquéllas cuántas sean necesarias para salvaguardar la integridad, la seguridad y la vida de las personas en situación de violencia.

Cabe señalar que el CEEPAC, en un primer momento y atendiendo al caso de urgencia que se presente, a través de la Secretaría Ejecutiva y por conducto del Área de Quejas y Denuncias, podrá determinar la procedencia de las medidas de protección en casos de VPRG, y en  caso  de  considerarlo  necesario,  la Coordinación  de  Género  e  Inclusión  del  CEEPAC procederá  a  la  elaboración  del  análisis  de riesgo, al tiempo que la  Secretaría  Ejecutiva solicite  a  la  autoridad  en  materia  de  seguridad  pública  que corresponda, elaborar el plan de seguridad a seguir.

El protocolo se integra principalmente con los procedimientos siguientes:

  1. Atención de primer contacto a mujeres víctimas de VPG: A partir de que se presenta una queja o   denuncia,   hasta   la   orientación   o   canalización   a   otras   instituciones especializadas.
  2. Análisis de Riesgo: Incluye el procedimiento de análisis, la aplicación de una entrevista de valoración del riesgo a la víctima (de ser necesario) y las características del informe que se rinde.
  3. Medidas de Protección: Se señalan los tipos de medidas, los requisitos que se deben reunir para otorgarlas y su seguimiento.
  4. Plan de seguridad: Se explica en qué consiste y en qué casos se puede elaborar, así como las directrices para su construcción.

Entre los aspectos necesarios para lograr una amplia efectividad del  protocolo, se pondrá especial atención en la sensibilización y capacitación al personal encargado de atender asuntos de Violencia Política en Razón de Género, y en las acciones de autocuidado.

Este protocolo reafirma los esfuerzos y trabajos que realiza el Organismo Electoral para contribuir a erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, así como establecer mecanismos para su atención y contribuir a la existencia de entornos libres de este mal que afecta el desarrollo pleno de los Derechos Humanos y los Derechos Políticos Electorales de las mujeres en San Luis Potosí.

 

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