El tema principal del proyecto de reforma hace alusión a las facultades del Tribunal Electoral en materia de acciones para favorecer a grupos en situación de vulnerabilidad.
Infobae.- Por segunda ocasión, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aplazó la discusión del proyecto de reforma que pretende acotar las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Minutos antes de la hora que se tenía prevista para debatir la iniciativa de reforma constitucional, el presidente de la Comisión, Juan Ramiro Robledo Ruiz —del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena)— informó que, por falta de acuerdos, los coordinadores parlamentarios pidieron una prórroga para revisar a profundidad el documento.
Por tal motivo, la reunión para discutir la reforma al TEPJF se realizará el 11 de abril a las 09:30 en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
En medio de la polémica por el segundo aplazamiento del diálogo parlamentario, trascendió que los distintos partidos involucrados acordaron algunos cambios al dictamen de reforma, específicamente a las modificaciones de tres artículos constitucionales.
Cabe recordar que el proyecto original, impulsado por Morena, el Partido del Trabajo (PT), el Verde Ecologista de México (PVEM) y los partidos opositores — Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD)—, contempla una serie de variaciones a cuatro artículos de la Constitución Política: 41, 73, 99 y 105.
Su objetivo, primordialmente, es limitar el margen de acción del TEPJF con el argumento de que la autoridad electoral se ha extralimitado en las funciones que la Carta Magna le atribuye y ha vulnerado el principio de la división de poderes.
Cambios al artículo 41
El documento original de la iniciativa establece que, en materia electoral, las decisiones que se tomen respecto a la aplicación de acciones afirmativas —medidas que favorezcan a grupos vulnerables y víctimas de discriminación— tendrán el carácter de modificaciones legales fundamentales y “se sujetarán al límite del tenor literal de la ley y esta Constitución”.
Sin embargo, según fuentes cercanas al Palacio Legislativo, este párrafo del dictamen fue modificado previo a su discusión para establecer que la “interpretación [de las decisiones mencionadas] deberá favorecer la protección más amplia”.
Otro cambio que habría sido incluido de última hora en este mismo artículo propone que los partidos políticos “deberán expedir” las reglas para garantizar la paridad de género en la conformación de sus órganos colegiados.
Cambios al artículo 73
Una de las alteraciones a la iniciativa de reforma más notoria sería la aplicada a la propuesta del artículo 73, pues inicialmente el documento pretendía adicionar un párrafo que le otorgara al Congreso de la Unión la facultad exclusiva para establecer “medidas afirmativas para el acceso de personas pertenecientes a grupos vulnerables al goce y ejercicio de derechos político-electorales, y para el cumplimiento del principio de paridad de género”.
No obstante, los reportes que circularon tras el aplazamiento de la discusión apuntaron que este apartado habría sido eliminado del dictamen.
Estos ajustes al proyecto de reforma constitucional representarían brindarle al TEPJF un mayor margen de acción e interpretación en términos de las acciones afirmativas.
Modificación al artículo 99
A pesar de lo anterior, el tercer cambio al dictamen que se discutirá retoma el carácter original de la iniciativa y establece que, en materia de controversias “que se susciten por normas generales, actos y omisiones y resoluciones regulados por las leyes electorales”, el TEPJF sólo podrá tomar decisiones “conforme a los principios expresamente establecidos en esta Constitución”.
🔊🛑 Las fuerzas políticas (¿sin MC?) acordaron cambios al dictamen que todoas esperamos desde antes de vacaciones: la reforma al TEPJF. Y aunque representan un avance en el asunto de las acciones afirmativas pueeees…. pic.twitter.com/wqrZiToo9g
— Detrás de las Cámaras del Congreso (@dd_lascamaras) April 11, 2023
Sumado a ello, refiere que todos los actos y determinaciones de las Cámaras [de Diputados y de Senadores] que correspondan a sus regímenes interiores, “quedan excluidas de la jurisdicción del Tribunal”.
Esto significa que para resolver asuntos referentes a impugnaciones en elecciones o la imposición de sanciones a partidos políticos por parte del Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal no podrá apoyarse en recursos como interpretaciones o tratados internacionales de derechos humanos, sino que deberá apegarse únicamente a lo asentado en la Carta Magna mexicana.
Se espera que en la sesión del 11 de abril, las y los legisladores finalmente lleguen a una resolución respecto a la iniciativa que, de manera insólita, unió a Morena y sus partidos aliados con la coalición opositora.