Congreso da cuenta del decreto que reforma la estancia del ejército en las calles

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S.L.P.- En Sesión Ordinaria del Congreso del Estado se dio cuenta de recepción de la Minuta Proyecto Decreto que reforma artículo Quinto Transitorio el cual modifica diversas disposiciones Constitución Federal en materia Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de marzo de 2019, enviado por la Cámara de Diputados.

Esta modificación establece que, “Durante los nueve años (es decir hasta el 2028) siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanentemente en tareas de seguridad pública”.

Menciona que la fuerza armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil, establecida en el artículo 21 de esta Constitución.

Puntualiza que las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

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