Declaran el 1° de octubre como día de descanso obligatorio ¿Quiénes podrán descansar?

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EL Universal.-

El presidente Andrés Manuel López Obrador, a través del Diario Oficial de la Federación decretó que el 1° de octubre de cada 6 años, será día de descanso obligatorio para servidores públicos federales, esto con motivo de transmisión de Poder Ejecutivo Federal.

“Las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el apartado B del artículo 123 Constitucional, deben observar como días de descanso obligatorio para las personas servidoras públicas federales”, lo establece el documento publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación.

El presidente Andrés Manuel López Obrador, a través del Diario Oficial de la Federación decretó que el 1° de octubre de cada 6 años, será día de descanso obligatorio para servidores públicos federales, esto con motivo de transmisión de Poder Ejecutivo Federal.

“Las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el apartado B del artículo 123 Constitucional, deben observar como días de descanso obligatorio para las personas servidoras públicas federales”, lo establece el documento publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación.

Días de descanso obligatorio

Además del 1° de octubre, los demás días de descanso obligatorio para este sector poblacional son:

  • 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1o. de mayo
  • 5 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 1o. de octubre de cada 6 años, de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 25 de diciembre
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