Defensa de Alejandro N. intenta desestimar análisis proctológico y dictamen médico legista

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Blakely Morales

Al menos seis tipos de lesiones distintas en el área rectal, fueron identificadas en el dictámen elaborado por una perito médico legista de la Fiscalía General de San Luis Potosí, adscrita a la Fiscalía especializada para la atención de la mujer, la familia y delitos sexuales, mediante un examen proctológico realizado al menor de identidad reservada que acusa por posible abuso sexual, al ex titular de la Procuraduría de Defensa de las Personas Adultas Mayores (PDPAM) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), durante la administración de Juan Manuel Carreras, Alejandro N.

De acuerdo al testimonio de un órgano de prueba presentado por la Fiscalía el jueves durante el cuarto día de audiencias, dicho examen proctológico se realizó el 18 de octubre del 2019, y detectó las siguientes lesiones: un desgarro antiguo en sentido lineal de 0.5 centímetros, un desgarro reciente de 0.6 centímetros de aspecto rojizo, laceraciones de forma lineal de 1.5 centímetros sobre los pliegues anales, una cicatrización en forma de triángulo con una superficie de 2 centímetros sobre los pliegues del ano, equimosis violácea (lesión resultante de una contusión), además de pliegues radiados.

El desgarro es una ruptura de tejidos, ocasionado por la mecánica de una acción de fuerza, mientras que los pliegues radiados se refieren a un pliegue interno del ano que se aplana o se “borra”, debido a la frecuencia con la que se ha aplicado fuerza y fricción, a un órgano diseñado para la evacuación no para el ingreso de objetos. El médico legista explicó al Tribunal de Enjuiciamiento que “si de manera frecuente se golpea hacia el interior, de afuera hacia dentro con un objeto no puntiagudo como el pene, por ejemplo, los pliegues se van aplanando”.

Sin embargo, la defensa de Alejandro continuó apuntando hacia el cuestionamiento de los métodos de la Fiscalía General del Estado para hacerse de las pruebas, la poca capacitación del personal de servicios periciales, y de la Dirección General de Métodos de Investigación, que derivó en omisiones en apariencia básicas.

Una de esas omisiones señaladas por la defensa de Alejandro N. ocurrió durante esos exámenes médicos forenses de la perito adscrita a la Fiscalía para la atención de la mujer, la familia y delitos sexuales, donde de acuerdo a los manuales, tratándose de una persona menor de edad, para los análisis proctológicos, la médico debía contar con el consentimiento informado del padre, madre o tutor; pero dada la condición de desamparo del adolescente de identidad reservada quien firmó fue la representante legal de la PPNNA, a nombre de la institución, además del mismo adolescente, quien accedió a ser inspeccionado. 

La defensa trató de hacer decir a la testigo que las lesiones detectadas en el cuerpo del adolescente, a partir del examen proctológico, pudieron haber sido generadas por otro tipo de actos sexuales consensuados, o no consensuados por efecto de la violencia, ejercida por una persona distinta de Alejandro N.; no obstante y aunque no lo asentó en el dictamen, la médico forense aclaró que de acuerdo a la información recibida por el adolescente en el momento previo al análisis, éste le comentó que Alejandro había sido la única persona en violentarlo sexualmente el 14 de octubre del 2019 y previo a esa fecha.

La defensa también se embotó en interrogantes acerca de las herramientas de la perito para realizar el análisis proctológico, y la utilización de un aparato denominado videocolposcopio, principalmente usado en mujeres para la observación visual del cuello del útero.

La defensa de Alejandro N. interrogó a la perito sobre por qué no presentó las imágenes captadas con ese equipo durante la revisión al área rectal del adolescente de identidad reservada, a lo que ella respondió que se trató de cuidar la integridad del niño, no divulgando esa información gráfica, pues tampoco era garantía de una mejor apreciación de los hechos presentarlas frente a un tribunal.

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