Definen mecanismos para cubrir ausencia definitiva del Fiscal General del Estado

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El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Decreto que modifica la Constitución Política de San Luis Potosí para que ante la ausencia o renuncia del titular de la Fiscalía General del Estado, el Ejecutivo del Estado en un término de treinta días naturales, envíe propuesta de terna de profesionistas para que de entre ellos se elija al nuevo titular.

El dictamen establece que “En caso de que la persona titular de la Fiscalía General fallezca, se ausente definitivamente, o presente renuncia ante el Congreso del Estado, declarada la vacante por este último, dará aviso al Ejecutivo del Estado para que en un término de treinta días naturales, envíe propuesta de terna de profesionistas para que dé entre éstos, en un término de treinta días y por el voto de cuando menos las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes en la sesión correspondiente, se elija a quien ocupará el cargo por el tiempo para el que fue electa la persona que se está supliendo”

Se indica que con ello se subsana esta situación, luego de que  actualmente se prevé solamente  lo tocante a su elección y remoción, pero no la hipótesis de la solicitud de renuncia que en su caso presente el titular de la Fiscalía General del Estado.

 

La reforma adiciona párrafo al artículo 122 BIS, éste como séptimo, por lo que actuales séptimo y octavo pasan a ser párrafos octavo y noveno de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en relación a ausencia o renuncia del titular de la Fiscalía General del Estado.

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