
Te explicamos qué facultades reales tiene la autoridad fiscal y qué hacer si recibes una visita.
ABC.- ¿El SAT puede llegar sin aviso a tu casa este mes? La duda ha causado preocupación entre muchos ciudadanos, luego de que se viralizaran mensajes en WhatsApp y redes sociales.
En esta nota, te explicamos qué facultades reales tiene la autoridad fiscal y qué hacer si recibes una visita.
Vistas del SAT: ¿Son ciertas?
Mediante una tarjeta informativa oficial, el Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer que no existe ningún operativo en la realización de visitas a domicilio para interponer multas a un régimen o grupo específico de contribuyentes.
“Es falso que durante junio este organismo tributario se encuentre realizando visitas masivas a domicilios para imponer multas a contribuyentes”, señaló la dependencia.
¿En qué caso el SAT puede visitar mi domicilio?
Pese a los recientes rumores, el SAT aclaró que sí cuenta con la facultad legal de realizar visitas domiciliarias, no obstante estás sólo se realizan en casos específicos y bajo el Código Fiscal de la Federación.
El SAT puede visitar tu domicilio sí:
- Detecta irregularidades: Si el SAT identifica inconsistencias en la información fiscal presentada por el contribuyente, puede realizar una visita para investigar más a fondo y determinar si hay omisiones o errores en las declaraciones.
- Comprobación de créditos fiscales: La dependencia busca determinar si existen créditos fiscales a favor del fisco que no han sido reportados por el contribuyente, lo que podría resultar en sanciones o ajustes fiscales.
- Revisión de documentación contable: La autoridad fiscal tiene la facultad de solicitar la verificación de libros contables, documentos y otros registros que permitan validar la situación fiscal del contribuyente.
- Investigación de delitos fiscales: En casos donde se sospeche de delitos fiscales, como evasión fiscal o fraude, el SAT puede llevar a cabo una visita domiciliaria para reunir pruebas y evidencias.
- Rectificación de errores en contabilidad: En caso de detectarse errores aritméticos u omisiones en las declaraciones.
¿Cómo identificar a un trabajador del SAT?
En caso de recibir una visita por parte de los trabajadores de la dependencia, estos deberán presentar un oficio de habilitación debidamente firmado por el Administrador Desconcentrado de la Unidad Administrativa a la que pertenece, el cual acredita al representante del SAT a realizar la visita o diligencia según el caso.
Además del oficio, los trabajadores deberán presentar una credencial que lo identifique como empleado del SAT.
También puedes verificar una visita del SAT mediante el portal web de la dependencia. Para ello necesitas el RFC o número de empleado e ingresar a la liga que te dejamos a continuación.
La página te redirigirá a otra ventana en la cual podrás ingresar el RFC y número de empleado. Una vez que pongas los datos da clic en Buscar, de esta manera, se te proporcionará un documento verificando que el empleado está válido por el SAT.
¿Dónde denunciar irregularidades del SAT?
En caso de recibir una visita sospechosa o si se detecta alguna irregularidad, puedes realizar una denuncia ante el servicio del SAT que pone a disposición de la ciudadanía en los siguientes medios:
- Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
- Línea telefónica MarcaSAT: 55 627 22 728