¡Es oficial! Jornadas laborales superiores a la ley serán castigadas hasta con 12 años de prisión

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El Economista.- Oficialmente las jornadas laborales que exceden el límite legal ya son consideradas como un delito de explotación laboral que puede ser castigado con hasta 12 años de prisión y una sanción que puede alcanzar los 70,000 días multa; es decir, la percepción diaria del agresor al momento de la sentencia, multiplicada por el número de días.

Luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este mes entró en vigor la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Esta modificación incluyó las jornadas de trabajo superiores al máximo legal establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un delito.

La explotación laboral ya era clasificada como un delito de trata de personas, pero sólo se consideraban los casos en los que se presentaran condiciones peligrosas o insalubres sin la protección prevista por las normas, una desproporcionada carga de trabajo al sueldo percibido o una remuneración inferior al salario mínimo.

A estos supuestos, se incorporan los casos en los que se presenten horarios laborales más extensos de los límites establecidos en la LFT. De manera general, el delito será castigado con una pena de entre tres y 10 años de prisión, más una sanción que va 5,000 a los 15,000 días multa.

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