Los ministros de la Segunda Sala explicaron que esta medida no vulnera la libertad de comercio, igualdad y no discriminación
Infobae.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó que las zonas exclusivas para personas fumadoras deben estar ubicadas sólo al aire libre, y determinó que estas reglas dentro de la Ley General para el Control del Tabaco respetan los principios de libertad de comercio, igualdad y no discriminación.
Con esta decisión, el máximo tribunal avaló la eliminación de zonas para fumadores en los interiores de los establecimientos públicos, independientemente de su giro o actividad.
Con cuatro votos a favor, la Segunda Sala rechazó el amparo con el que algunos comercios trataban de justificar las creación de áreas para fumadores “en espacios interiores aislados”, en las que aplicaban algunas medidas, como puertas, para evitar el traslado de partículas hacia los espacios libres de humo de tabaco.
Los ministros de la Segunda Sala explicaron que restringir dichas áreas a espacios abiertos no vulnera la libertad de comercio de los establecimientos abiertos al público.
El máximo tribunal argumentó que el respeto al derecho a la salud de unas y otras son razones suficientes para delimitar la configuración de esos espacios al aire libre.
La ley vigente señala que los establecimientos abiertos al público, como restaurantes, tiendas, cafeterías, salones de eventos, etc, deben garantizar espacios de convivencia entre personas fumadoras y no fumadoras. No obstante, algunos comercios trataron de establecer “espacios exclusivos” para fumadores en interiores para evitar la incomodidad de los clientes fumadores.
Para garantizar el derecho a la salud de las personas no fumadoras, la #SegundaSalaSCJN validó que zonas exclusivas para fumar en establecimientos públicos estén ubicadas únicamente en espacios abiertos. https://t.co/gg88YC2kYq pic.twitter.com/zzYVofgE2I
— Suprema Corte (@SCJN) March 14, 2024
La SCJN resaltó que la normativa vigente respeta el principio de progresividad porque no afecta derechos adquiridos, pero sí establece las reglas a las que todos los comercios públicos deben atenerse con el objetivo de proteger el derecho a la salud de las personas.
De acuerdo con la ley, se busca proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.
En la sesión de este miércoles 13 de marzo, la Suprema Corte rechazó la solicitud de amparo presentada por la cadena de casinos Play City, la cual argumentaba supuestas violaciones al derecho humano de libertad de comercio debido a la regulación de espacios para fumar.
La decisión de los cuatro ministros se fundamentó en la necesidad de garantizar el derecho a la salud, y explicaron que las medidas adoptadas buscan proteger el bienestar de todos los ciudadanos, fumadores y no fumadores por igual, al requerir que incluso los negocios cerrados, como los casinos, se adhieran a estas regulaciones.
Cuáles son los riesgos para la salud de las personas no fumadoras
Las personas fumadoras pasivas están expuestas a una serie de riesgos para su salud debido a la inhalación de humo de tabaco en el ambiente, sin ser consumidores directos de tabaco.
Cáncer: El humo del tabaco contiene más de 7,000 químicos, de los cuales al menos 250 son nocivos y más de 50 son conocidos por causar cáncer. Los fumadores pasivos tienen un riesgo incrementado de desarrollar cáncer de pulmón. También se ha asociado con un mayor riesgo de leucemia en niños y cáncer de mama en mujeres.
Problemas respiratorios: La exposición al humo de segunda mano puede causar o exacerbar enfermedades respiratorias, como el asma o la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). También puede provocar síntomas como tos, flemas, sibilancias y dificultad para respirar.
Efectos en la salud infantil: Los niños expuestos al humo de tabaco están en riesgo de sufrir infecciones respiratorias como bronquitis y neumonía, así como otitis media. También se ha observado un incremento en el riesgo de síndrome de muerte súbita del lactante (SMSL).
Problemas durante el embarazo: Las mujeres embarazadas expuestas al humo del tabaco tienen mayor riesgo de parto prematuro, bajo peso al nacer y complicaciones durante el embarazo.