Se informa a la ciudadanía usuaria de los servicios del Poder Judicial del Estado que la actividad jurisdiccional en los juzgados de las materias penal, familiar, civil, mercantil y laboral en todo el Estado, se mantiene sin cambios en las agendas respectivas.
En consideración de que la impartición de justicia es una actividad considerada como esencial y debido al alza en el caso de nuevos contagios del virus SARS COV2 (COVID-19) y sus variantes, los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura aprobaron conjuntamente el Acuerdo General Décimo Primero, el cual entró en vigencia el día lunes 10 de enero, en el cual se especifican lineamientos de carácter preventivo con el propósito de mitigar y controlar los riesgos de contagios.
En el mencionado Acuerdo se determina únicamente que para evitar concentración de personas en Salas, Juzgados y Áreas Administrativas del Poder Judicial del Estado, los titulares de las mismas, podrán autorizar o facilitar al personal a su cargo:
El trabajo a distancia, en aquellos casos en los que sea posible y no se altere el debido cumplimiento de sus funciones; días de trabajo presencial y a distancia alternados, entre el personal que integra las distintas áreas jurisdiccionales y administrativas y, en los casos de trabajo presencial se podrán establecer horarios escalonados para la asistencia a las áreas, asegurando en todo tiempo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaria de Salud.
En este Acuerdo, aplicable y de observancia obligatoria, para todos los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del Estado, también se establece que las personas usuarias a quien se presta el servicio de impartición de justicia local, seguirá siendo necesario que en todo tiempo acaten las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud, como lo son: el uso de cubre bocas, respetar la sana distancia y el constante lavado de manos o del gel antibacterial.