Explica FGE diferencia legal entre persona no localizada y persona desaparecida

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SLP. – La Fiscalía General del Estado (FGE) recuerda a la ciudadanía que no es necesario esperar más de 24 horas para realizar una denuncia sobre la no localización o desaparición de una persona adulta o menor de edad.

El organismo de procuración de justicia hace un exhorto a toda la ciudadanía para que se dé a conocer de inmediato la ausencia inexplicable o no justificada de algún familiar

Según la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, una persona “No Localizada” es aquella cuya ubicación es desconocida y que, de acuerdo con la información que se reporta a la autoridad, su ausencia no se relaciona con la probable comisión de algún delito.

Mientras que, una persona “Desaparecida”, es la que se desconoce su paradero y se presume, a partir de cualquier indicio, que su ausencia se relaciona con la comisión de un delito.

En ambos casos, la institución de procuración de justicia realiza las diligencias encaminadas a su ubicación de manera inmediata, oportuna y transparente.

Ante una situación así, es necesario acudir a la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos, ubicada en Volcán Tacaná #115 en el fraccionamiento Cumbres de San Luis en la ciudad Capital.

Se deben llevar dos copias de la credencial de elector de quien denuncia, así como dos copias del acta de nacimiento y dos fotografías impresas a color tamaño postal de la persona que se busca.

En el interior del estado, este trámite se puede efectuar en las agencias del Ministerio Público que se encuentra en los municipios que conforman las delegaciones de la FGE y es totalmente gratuito.

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