Gobernador de Chiapas autoriza peleas de gallos, pese a reforma constitucional contra maltrato animal

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Aristegui.-

El gobernador de Chiapas, Eduardo Ramírez Aguilar, autorizó la realización de peleas de gallos en eventos privados a partir del 15 de abril y hasta el 30 de junio de este año.

El acuerdo No. 0237-A-2025 A, publicado el lunes 14 de abril en el Periódico Oficial de Chiapas, contradice jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre maltrato animal y un decreto anterior del propio gobernador Ramírez Aguilar mediante el cual suspendió temporalmente las peleas de gallos en Chiapas. 

La autorización también se da a pesar de que el 3 de diciembre del 2024 entró en vigor la reforma constitucional para prohibir el maltrato a los animales, la cual establece que el Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales. 

Esta reforma fue impulsada por Igualdad Animal y respaldada por la presidenta Claudia Sheinbaum. 

Asimismo, el permiso del gobernador se da en medio de un contexto de amenazas e intimidaciones en contra de  Franny Garibaldi, directora general de Defensoría Animal en Chiapas, quien el viernes anterior a la publicación del decreto presentó una denuncia formal ante la Fiscalía de la Mujer por amenazas y violencia digital derivadas de su activismo en contra de las peleas de gallos, tal como reportó El Heraldo de Chiapas. 

Eduardo Ramírez contra Eduardo Ramírez

El 16 de enero del 2025, el gobernador morenista publicó el decreto No. 0089-A-2025 a través del cual las carreras de caballos y las peleas de gallos quedaron temporalmente suspendidas en la entidad.

“En nuestro país, las legislaciones que protegen los derechos de los animales han ido evolucionando junto con la sociedad; las actividades que años atrás se consideraban ‘inofensivas’ y tradicionales, hoy día ya no tienen cabida en la conciencia ciudadana“, esgrimió como argumento el gobierno estatal.

“La jurisprudencia sobre el maltrato animal, y en específico, las peleas de gallos, ha evolucionado significativamente, especialmente en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la constitucionalidad de la prohibición de las peleas de gallos en una sentencia del 31 de octubre de 2018.

Esta decisión establece un precedente para el reconocimiento de los derechos de los animales no humanos en el país”, añade.

La jurisprudencia citada por el gobernador derivó de la impugnación que hizo la industria de peleas de gallos en Veracruz en contra del proyecto de ley de protección animal de aquella entidad, alegando que prohibir este tipo de espectáculo viola el derecho a la cultura y a la propiedad.

No obstante, el Máximo Tribunal declaró que “ninguna práctica que implique el maltrato y el sufrimiento innecesario de los animales puede considerarse una expresión cultural protegida por la Constitución”.

A pesar de este antecedente, incluso utilizado por él, Eduardo Ramírez levantó la suspensión a las peleas de gallos argumentando que en otros estados se han declarado como patrimonio cultural:

“En la actualidad, cinco Estados de la República han emitido decretos para declarar a las peleas de gallos como patrimonio cultural, los cuales son: Zacatecas, Aguascalientes, Tlaxcala, Nayarit e Hidalgo; lo anterior, refleja el arraigo que dicha actividad tiene en la sociedad, el cual es compartido por diversas regiones de la geografía chiapaneca”.

“Las peleas de gallos, como espectáculos, deben ser reguladas para garantizar la paz y la seguridad pública, así como para evitar actos de maltrato y crueldad animal“, agrega como si la pelea en sí no fuera ya un acto de maltrato. 

¿Cómo serán las peleas de gallos?

El decreto estipula que las peleas de gallos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Contar con el permiso para la celebración de peleas de gallos con cruce de apuestas,  conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, o en su caso, aviso de casteo.

b) Notificar a la autoridad municipal correspondiente, el nombre de las organizaciones, asociaciones, criadores y/o propietarios que participen en el evento.

c) Dar a conocer al público en general, el nombre del propietario del establecimiento, así como de los organizadores y/o promotores del evento, mediante carteles o elementos publicitarios previo y durante el evento.

d) Realizar la verificación y supervisión de las instalaciones, previo a la realización del evento, en coordinación con las autoridades competentes, instrumentando el acta correspondiente, para constancia.

e) Garantizar durante todo el evento la seguridad de los participantes y asistentes, mediante personal de seguridad privada, perteneciente a empresas que cuenten con autorización o certificación vigente; o en su caso, mediante el servicio armado otorgado por elementos de la Secretaría de Seguridad del Pueblo, conforme a la contribución establecida en la Ley de Derechos del Estado de Chiapas.

f) Las peleas de gallos tendrán una duración máxima de ocho horas, dentro de un horario comprendido entre las 12:00 y 23:00 horas.

g) Contar con personal de protección civil competente durante la realización de los eventos.

h) Contar en los establecimientos para peleas de gallos, con personal médico para primeros auxilios, ambulancia para traslados, así como contar con personal médico veterinario para la atención especializada.

i) Los demás que las autoridades competentes tengan a bien solicitar, previo al otorgamiento de los permisos y/o autorizaciones correspondientes.

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