“La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ha implementado acciones para salvaguardar los sistemas e información ante el incidente cibernético en equipos de cómputo al servicio de esta Dependencia identificado el día de hoy”, detalló en el Diario Oficial de la Federación (DOF) .
Una de las acciones es suspender los plazos y términos para los procedimientos de la AFAC, medicina preventiva en el transporte, Autotransporte Federal y aeronáutica civil.
El “Acuerdo por el que se suspenden plazos y términos en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por los motivos que en el mismo se precisan”, dado a conocer en el DOF, establece los siguiente:
Se consideran como inhábiles para los efectos legales los días comprendidos durante el periodo referido (del día 24 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2022).
Además de la suspensión para realizar trámites, la dependencia gubernamental también establece que se detiene la entrega de licencias federales para conductores de autotransporte federal, los trámites de aeronáutica civil como permisos, programas, acreditaciones, expedición de licencias y certificados de capacidad expedido.
Los trámites señalados que estén a punto de vencer, como las licencias, “se entenderán prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2022”.
En materia de medicina preventiva en el transporte, se suspende la práctica del examen psicofísico integral y se prorrogan los efectos jurídicos de las constancias ya entregadas.
De acuerdo con los términos publicados en el DOF, en este periodo no correrán los plazos y términos para la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos y/o procedimientos contenciosos ante órganos jurisdiccionales de carácter federal y local.
Tampoco notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Agencia Federal de Aviación Civil
Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Agencia Federal de Aviación Civil en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, surtirá los efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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