El juicio de un niño invisible, en contra de un potosino “fuera de serie”

Segunda parte. Los aciagos lunes de Brayan en la PDPAM.
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Blakely Morales Cruz

Para Alejandro N., actualmente de 42 años, la relación en condiciones de abuso presuntamente cometido por él en su propia oficina contra un adolescente de iniciales BAGL, de 15 años en el 2019; se volvió una costumbre que repitió todos los lunes durante al menos cuatro meses, entre julio y octubre de ese año.

Así consta en los dictámenes en psicología forense realizados por los servicios periciales de la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales, contra la Familia y las Mujeres de la Fiscalía General del Estado, a partir de entrevistas realizadas al menor hoy de 18, durante la etapa de investigación del procedimiento judicial en contra de Fernández Montiel, quien fungió como titular de la PDPAM, entre mayo del 2018, y octubre del 2019, por el delito de violación sexual agravada. 

Las psicólogas de la FGE documentaron el testimonio así como el comportamiento de BAGL, y con perspectiva de victimología, reportaron la detección de indicadores que mostraron que el menor era posible víctima de agresión sexual. 

La revictimización de Brayan; la costumbre de Alejandro

Convocada por la Fiscalía, una perito licenciada en Psicología de iniciales ASS, adscrita a la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales, admitió frente al tribunal que sigue el proceso oral en el juicio contra Alejandro N., que el adolescente posible víctima sufrió la re victimización por parte de las autoridades y de los abogados de la defensa del imputado, pues fue entrevistado hasta en siete ocasiones distintas sobre los hechos que denunció, y que derivaron en la causa penal 1089/2019. 

En una de esas comparecencias, realizada en la cámara de Gesell de la Casa Cuna Margarita Maza de Juárez del DIF Estatal, BAGL fue interrogado por cinco personas: psicólogas y psiquiatras de la Fiscalía y la defensa, más un representante legal de la PPNNA; del otro lado de la cámara, había dos elementos de la Dirección General de Métodos de Investigación, y al menos dos abogados más del bufete Aguilar y Asociados, que llevan el caso en favor del ex funcionario frente a los tribunales.

Según el testimonio de la perito, el psiquiatra contratado por la defensa preguntó al menor qué había sentido durante los actos de índole sexual cometidos presuntamente por el ex funcionario, ante lo que el menor adoptó una reacción a la defensiva. 

“Se sintió ofendido”, dijo la psicóloga a los jueces; “su lenguaje corporal cambió, dijo que lo querían confundir, pero que él no estaba loco”.

La perito ASS precisó en su relato que en los interrogatorios en los que participó directa, o indirectamente en el análisis para la Fiscalía, pudo observar que persistían en BAGL sentimientos de culpa, primero por haber permitido los posibles abusos en su contra, luego por hacer la denuncia; además, asentó en sus dictámenes, las declaraciones ambivalentes del menor que al mismo tiempo que expresaba su aprecio por Alejandro N., también mostró angustia, molestia y enojo porque se sentía traicionado por él.

Situación aprovechada por los abogados de la defensa para presumir ante los jueces que integran el juicio número 35/2022, que existía entre el ex titular de la PDPAM y el adolescente, una relación consensuada.

Los abogados de la defensa de Alejandro N., interrogaron a la perito ASS, preguntando si acaso en aquella sesión en la cámara de Gesell, se había explorado un posible consentimiento en los hechos con apariencia de delitos sexuales. La perito respondió que no. 

Luego, el abogado preguntó si el menor había mencionado una fecha específica de las posibles agresiones sexuales, a lo que la perito respondió que si bien el adolescente no asentó una fecha concreta sí mencionó que las posibles violaciones ocurrieron cada lunes durante cuatro meses entre julio y octubre del 2019, en el despacho personal del entonces director de la Procuraduría de la Defensa de las Personas Adultas Mayores, Gestión y Asistencia Social (PDPAM), Alejandro N.

Funcionario por decreto

Al momento de su detención, el 23 de octubre del 2019, Alejandro N., tenía un año y cinco meses como titular de la PDPAM.

La creación de la PDPAM fue ordenada a partir de la promulgación en el 2007, de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de San Luis Potosí, pero no fue sino hasta mayo del 2018, cuando por decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el gobernador Juan Manuel Carreras López, ordenó la modificación de la estructura orgánica del DIF para convertir a la Dirección de Gestión y Asistencia Social en la Procuraduría de la Defensa de las Personas Adultas Mayores, y fue así como la PDPAM comenzó a funcionar, en un inicio en las oficinas centrales del DIF Estatal, en Nicolás Fernando Torres número 500. 

Desde el inicio de la administración de Carreras en el 2015, Alejandro N, fue nombrado titular de la dirección de Gestión, y pasó casi automáticamente a convertirse en el primer titular de la recién creada PDPAM. Su experiencia: dedicarse al altruismo al menos desde 1997, a la edad de 17 años, ostentar en su currículum una supuesta carrera en Derecho por una universidad privada en el 2009, a los 29, y haber recibido la presea al Mérito Plan de San Luis en el 2012, a los 32 años.

Toma de protesta de Alejandro N. como titular de la PDPAM, por la entonces presidente del Sistema Estatal DIF, Lorena Valle Rodríguez. Mayo del 2018.

A partir de su creación, la PDPAM funcionó durante alrededor de un año en la oficina central del DIF Estatal, ubicada en el número 500 de la calle Nicolás Fernando Torres. 

Según reportes de la prensa, la demanda de atención a personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad fue tal, que la administración de Lorena Valle Rodríguez, entonces presidenta honoraria del DIF estatal y esposa del ex gobernador, decidió arrendar un espacio cercano, que se habilitó para ser utilizado como edificio de atención directa, donde despachó Fernández Montiel, desde mediados del 2019. 

El medio digital Plano Informativo, documentó así la inauguración del edificio, en una nota publicada el primero de junio:

“Lorena Valle, acompañada por Alejandro Fernández Montiel, procurador de la Defensa de los Adultos Mayores, indicó que estas instalaciones están abiertas a toda la población adulta mayor, ya que su meta es atender a este sector (…)”.

Y continúa:

“Ante la gran demanda de servicios y derivado de la necesidad de ofrecer más privacidad a las personas de la tercera edad, se tomó la determinación de contar con un espacio más amplio”.

El domicilio habitilitado como oficina de la PDPAM cuenta con infraestructura de casa habitación, por lo que el despacho personal de Alejandro N. ubicado en la planta alta, era en realidad una pieza con baño completo (excusado, tocador y regadera), conectado por un pasillo con clóset y compartimentos, en donde el ex funcionario guardaba una caja de cartón donde almacenaba PET para una campaña de reciclaje, la mayor acción en materia medioambiental del Gobierno de Carreras; pero también una colchoneta blanca, utilizada en el presunto abuso sexual contra el adolescente BAGL.

Alejandro despachó menos de cinco meses en esa oficina, antes de ser detenido por elementos de la Policía de Investigación, acusado de violación sexual agravada contra el menor.

Los testimonios de trabajadoras sociales de la PDPAM, convocadas por la defensa de Alejandro N., pudieron determinar que el niño acudía a esas oficinas, al menos cuatro días a la semana para realizar supuestas labores administrativas como la organización de documentos; que llegaba en un transporte procedente del Centro de Asistencias Social Rafael Nieto, aproximadamente a la una de la tarde, y que su hora de salida normalmente era después de las seis. 

Las testigos no pudieron precisar la manera en la que regresaba al albergue, ni si todos los días se fue a la misma hora, mucho menos, el tipo de relación que mantenía Alejandro N. con él, un aspecto que resultará elemental para entender la decisión que tomarán los jueces del tribunal que siguen el juicio contra el ex funcionario, y su veredicto final. Pues cabe recordar que una de las estrategias de la defensa del ex funcionario, ha estado encaminada en la reclasificación del delito, de violación sexual agravada a estupro.

Inauguración de las oficinas de la PDPAM en Junio del 2019.

El peregrinar de un “niño problema”

Pero la trama expuesta durante las audiencias públicas del caso, contiene aún huecos que no han permitido conocer la historia completa. Por ejemplo, no se ha podido concluir cuándo ni cómo Alejandro N. conoció a BAGL. Ni María Lorca Meade, su ex esposa, ni una mujer a quien llamaremos Mercedes, tía del adolescente víctima, pudieron otorgar esa información.

Mientras que prácticamente todos los testimonios de personas que tuvieron relación directa de cuidado con BAGL, coincidieron en describirlo como a un niño manipulador, con costumbres de índole sexual como los tocamientos, y actitudes altamente violentas, una idea  repetida entre el personal de asistencia social de instituciones públicas durante sus comparecencias, en la que también coincidieron ex trabajadores de las asociaciones y fundaciones privadas que lo atendieron, es la de que al inicio de la convivencia con BAGL, éste podía ser un niño agradable, simpático, pero su actitud cambiaba radicalmente, y  a ese tránsito lo describieron con frases como: “siempre salía su lado malo” o, “un día era bueno y al otro sacaba sus verdaderas intenciones”.

Nadie pudo comprenderlo realmente.

BAGL conoció a muchas personas durante su infancia en su peregrinar por instituciones, pero ninguna tuvo la capacidad profesional para el trabajo de cuidado y resguardo de un niño extraído de un contexto familiar de violencia. Nadie pudo ayudarlo, y todos optaron por lo más fácil, calificarlo como un “niño problema”. Nadie, salvo Alejandro N., quien prácticamente lo adoptó entre los 8 o 9 años aproximadamente.

A partir de los testimonios de ex trabajadores y trabajadores en activo del DIF estatal, así como del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, y personas cercanas al caso, podemos dilucidar que fue aproximadamente entre el 2014 y el 2015 cuando Alejandro N., afianzó una relación de confianza con BAGL, entonces considerado un “niño problema”.

En esos años el comportamiento de BAGL se deterioró, producto del contexto familiar en el que permaneció hasta los cinco años, cuando quedó por primera vez bajo resguardo de las autoridades de la Prodem. Conforme fue creciendo, lo hicieron también los traumas que derivaron en actitudes violentas y desafiantes de la autoridad. 

En 2014, BAGL pasó un tiempo con su tía Mercedes. el único familiar que se ha atrevido a presentarse a declarar ante los jueces del caso en contra de Alejandro N.

solicitud de la defensa, relató que solo pudo atender a su sobrino ocho meses, debido a que el comportamiento agresivo del menor entonces de 10 años, incluso escaló al punto de llegar a las amenazas contra ella con un cuchillo tomado de la cocina.

Por eso en el 2015, Mercedes decidió entregarlo a la “Fundación Creando Sonrisas” que atendía niños huérfanos, y cuya directora y fundadora era María Lorca Meade, ex esposa de Alejandro N. A partir de ahí Fernández Montiel, entonces titular de la dirección de Gestión y Asistencia Social del DIF Estatal, obtuvo la tutela del menor con un documento firmado por la madre, pero sin sellos oficiales ni membretes. 

María Lorca Meade, ex esposa de Alejandro, compareció en la Sala 6 de Juicios Orales el jueves 14 de julio; ahí aceptó que la “Fundación Creando Sonrisas” no contaba con el personal preparado profesionalmente para atender a un niño con las necesidades de BAGL, por lo que a través de Alejandro N. decidió entregarlo de nueva cuenta a la Prodem, luego de que una de sus trabajadoras, sufriera también de su parte una presunta amenaza con un cuchillo.

Ahí comenzó el peregrinaje de BAGL por instituciones y asociaciones, siempre encontrando problemas, pero no la atención integral  que requería. 

En 2015, la Prodem lo envió a la Comunidad Terapéutica Vistahermosa, un anexo para el tratamiento de adicciones, donde convivió con adultos y adultos mayores, de donde también fue devuelto por nuevamente amenazar a un compañero con un cuchillo; ese mismo año ingresó al Centro de Asistencia Social Rafael Nieto; luego, entre 2017 y 2018, fue internado en dos ocasiones en la Casa de Salud Mental Dina Belanger, para volver siempre al albergue oficial. 

En 2017 comenzaron a ser autorizados por el entonces titular de la Prodem, Pablo Loredo Oyervidez, permisos especiales en favor de Alejandro N. para extraer a BAGL del albergue Rafael Nieto, con el fin de realizar supuestas “convivencias” en el domicilio familiar de los Fernández Montiel. 

En mayo del 2019, la ex directora del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, Claudia Hinojosa Celis, en conjunto con Alejandro N., quien para entonces ya era titular de la PDPAM, tomaron la decisión de que el menor debía trabajar para mejorar su conducta, por lo que le fue asignado un supuesto trabajo administrativo en las recién inauguradas oficinas de atención a los adultos mayores en la calle Nicolás Fernando Torres. 

Nadie contempló que la integridad de BGAL pudiera correr algún riesgo al acudir “a trabajar” a las oficinas de la PDPAM, a la edad de 15 años, pues hasta donde se ha podido dar cuenta durante las audiencias del juicio, para él, Alejandro Fernández Montiel, era como su papá.

De otras tres personas que podrían aportar el dato de cómo y cuándo fue que Alejandro N. conoció al adolescente posible víctima, ninguna se ha presentado a declarar a pesar de que han sido convocadas por la Fiscalía: una es la madre de BAGL, la otra es la ex directora del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, Claudia Hinojosa Celis, y el ex titular de la entonces Procuraduría de la Defensa del Menor, la Prodem, Pablo Loredo Oyervidez, en su momento criticado por el tratamiento que dio a otros casos de probable violencia sexual infantil.

Pablo Aurelio Loredo Oyervidez, titular de la PRODEM entre octubre del 2015 y septiembre del 2019.

La estrategia de los abogados que defienden al posible agresor de BAGL, está plagada de señuelos colocados para intentar argumentar dos teorías del caso distintas: la primera es que que Alejandro N. tenía el consentimiento del menor, por lo que habría cometido el delito de estupro y no el de violación sexual agravada que plantea la Fiscalía; la otra es que no estuvo presente de manera física en el lugar, en la fecha descrita por BAGL como una de las escenas del crimen, el lunes 14 de octubre del 2019, el que fue, de acuerdo a su testimonio, el último de los lunes en los que sufrió posibles agresiones sexuales en el despacho personal de Fernández Montiel, antes de establecer una denuncia formal en su contra. 

Pero para eso, la defensa también tendría que demostrar que Alejandro N. tampoco estuvo presente de manera física, en el lugar de los presuntos hechos con apariencia de delitos sexuales, todos los lunes que precedieron a ese 14 de octubre, entre los meses de julio y octubre del 2019. Situación que alargaría todavía más el proceso oral contra Alejandro N., y que a estas alturas, luce como algo muy poco fácil de probar.

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