Los esquemas de comprobantes fiscales falsos involucran a personas físicas y morales, quienes entre 2017 y 2019 facturaron más de 339,000 millones de pesos.
Expansión.- Los daños que generan al erario público las personas que emiten, enajenan y adquieren facturas por venta de bienes o prestación de servicios simulados suman más de 339,000 millones de pesos, un monto con el que se puede costear 5.2 veces el fondo semilla de 64,619 mdp que propone el presidente, Andrés Manuel López Obrador para compensar a los trabajadores jubilados que no se retiraron con 100% de su último salario.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene identificados públicamente a 10,798 sujetos que en definitiva incurrieron en esquemas de facturación falsa, al cierre de 2023.
“Tan solo en los últimos años el SAT ha detectado que los esquemas de facturación falsa involucran tanto a personas físicas, como a personas morales, y en los ejercicios fiscales de 2017, 2018 y 2019, facturaron 339,000 millones de pesos”, lo que supone daños al erario público, refiere el Ejecutivo en la propuesta de reforma para establecer prisión preventiva oficiosa en los casos de contrabando, defraudación fiscal, además de expedición, enajenación o adquisición de comprobantes fiscales falsos.
De acuerdo con el gobierno federal, la omisión del pago de impuestos supone un peligro para satisfacer necesidades de carácter colectivo como: la educación pública, la impartición de justicia, la seguridad, hospitales públicos, infraestructura y servicios de vías públicas. Además, tras la emisión de facturas falsas se esconden actividades ilícitas como el lavado de dinero, con implicaciones en otros países.
La tarea del SAT en esta administración se ha concentrado en revisar ejercicios fiscales de contribuyentes para exhortarlos al cumplimiento en el pago de impuestos, especialmente personas morales.
En noviembre de 2019, la Secretaría de Hacienda publicó un decreto para incluir los delitos de contrabando, defraudación fiscal, además de emisión, enajenación y compra de comprobantes fiscales falsos, como crímenes que ameritan la prisión preventiva oficiosa, sin embargo, en octubre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional esta disposición que reformaba la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional; el Código Nacional de Procedimientos Penas, el Código Fiscal de la Federación, y del Código Penal Federal.
El pasado 5 de febrero, el presidente López Obrador propuso de nuevo esta disposición, pero a través de una propuesta de reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿Es necesaria una reforma constitucional?
Especialistas en materia fiscal consideran que este tipo de medidas no son necesarias, pues el marco legal es basto para el combate a los delitos fiscales, y lo que hace falta es que se aplique con mayor rigor.
“Respecto a los factureros, ya hay diferentes disposiciones que están sancionando una mala actuación de cualquier persona por parte del fisco federal o autoridad local; es un poco seguir con esa tendencia. Este tipo de infracciones y delitos ya está en el Código Fiscal de la Federación, y otras leyes también lo regulan”, comentó Virginia Ríos Hernández, Integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
Héctor Amaya, presidente el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), explicó en entrevista que en el tiempo que estuvo vigente esta disposición, que entró en vigor en 2020, diversos contribuyentes pagaron lo que supuestamente debían al SAT por evasión fiscal bajo la amenaza de prisión preventiva. Luego de que la Corte la declarara inconstitucional, varias empresas pelean en juicio ese dinero que pagaron.
Explicó que bajo presión o amenaza, la recaudación de ingresos tributarios no puede ser del todo constante, a diferencia de acciones como el combate a la informalidad para incrementar la base de contribuyentes.