México incorpora la violencia vicaria a su Código Penal

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La Cámara de Diputados aprueba reformas a varias leyes para prevenir y sancionar el uso de los hijos como violencia de género

México sigue dando pasos hacia delante a la hora de tipificar, prevenir y sancionar la violencia machista. La última acción ha sido la aprobación por unanimidad en la Cámara de Diputados de reformas y modificaciones a varias leyes para prevenir y sancionar la violencia vicaria. Este tipo de maltrato es una expresión de la violencia de género que busca ocasionar daño a través del uso de los hijos por parte de los progenitores. La mayoría de víctimas que se enfrentan a este tipo de violencia suelen ser las mujeres que son violentadas por sus parejas o exparejas hombres.

La enmienda promovida por el partido Morena detalla que la violencia se manifiesta a través de diferentes conductas como amenazar con causar daño a los hijos, sustraerlos o retenerlos fuera del lugar donde viven habitualmente o fomentar y promover actos de violencia física en contra de la madre.

La violencia vicaria también se ha incorporado a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil Federal y al Código Penal Federal. De acuerdo a este último, este tipo de conducta podrá ser castigada con hasta 5 años de prisión. Respecto a las sanciones civiles, la reforma señala la limitación de la patria potestad en casos de maltrato.

La legisladora de Morena Julieta Kristal Vences, presidenta de la Comisión de Género en la Cámara Baja e impulsora de la reforma, señaló que el dictamen es resultado de un trabajo colectivo que ha reunido el testimonio de cientos de mujeres y organizaciones de la sociedad civil que han compartido sus experiencias de manera colectiva. “Ni una mujer más víctima de violencia”, señaló Vences desde la tribuna. “Hoy damos un paso mayor y fundamental para la agenda feminista porque, al final, las mujeres mexicanas tendrán este instrumento para que se haga justicia mediante la tipificación y el castigo para quienes ejerzan violencia a través de interpósita persona [una tercera persona]”, agregó la legisladora.

La diputada Julieta Kristal Vences habla con Rubén Moreira, en junio de 2019.

Violencia económica también es violencia

Dentro de la votación también fue aprobada con 452 votos que la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia amplíe la definición de violencia económica, con el fin, señalan los legisladores, de poner un alto a la desigualdad de género en el país. La modificación señala que la violencia económica es toda “acción y omisión en la que el agresor impacta de manera negativa en la economía de la víctima y su independencia financiera (…) así como los condicionamientos vinculados al género y la maternidad, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo y la explotación laboral”.

La reforma incorpora una novedad que no solo tiene que ver con el vínculo familiar, también atañe directamente a las empresas y los empleadores que incurran en este tipo de violencia. Por ejemplo, pedir una prueba de embarazo para realizar la contratación de una mujer, estará castigado por la ley y será objeto de sanción. En una consideración más amplia la reforma considera violencia económica que el agresor controle los ingresos de la víctima, e incluso, de manera injustificada, que se desentienda de sus obligaciones económicas o de trabajar en las labores domésticas y de cuidados de su núcleo familiar.

El Frente Nacional contra la Violencia Vicaria y diferentes agrupaciones civiles reconocieron el valor de lo aprobado en la Cámara y que será turnado al Ejecutivo para su aprobación en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor. “En la colectiva 50+1 hacemos un reconocimiento a las y los legisladores de la Cámara de Diputados y el Senado por la aprobación por unanimidad del dictamen en materia de Violencia Vicaria. Es el resultado de mujeres valientes que han alzado la voz contra esta violencia”, señalaron a través de redes sociales.

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