Reforma.- Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron las medidas de apremio de la Unidad Técnico de lo Contencioso Electoral del INE para que Presidencia de la República y su vocero cumplan con las normas cautelares ordenadas y eliminen de sus plataformas las conferencias mañaneras del 21 y 28 de febrero en donde Andrés Manuel López Obrador hizo alusión a la revocación del mandato.
Aunque se confirmaron en lo general las medidas de apremio y las atribuciones de esa unidad del INE para realizarlas, la sentencia modificó la resolución al ordenar que se eliminen solo expresiones vinculadas con revocación y no toda la conferencia matutina.
Las resoluciones habían sido impugnadas por el Presidente de la República y su vocero por considerar que la Unidad del INE no tenía facultades para hacer cumplir esas medidas aprobadas en su momento por la Comisión de Quejas del INE.
“El proyecto propone modificar la orden de eliminación de la totalidad del contenido de la conferencia matutina del 28 de febrero porque la responsable debió tomar en cuenta que las medidas cautelares ordenadas en la modalidad de tutela preventiva solamente comprenden las manifestaciones o señalamientos sobre la figura de la revocación de mandato o su promoción y sobre propaganda gubernamental en periodo prohibido, por lo que la eliminación únicamente debe comprender ese tipo de expresiones”, señala la sentencia cuyo ponente fue el Magistrado Felipe Fuentes.