SAT da un respiro: multa por no tener Buzón Tributario se va a 2026

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Aristegui.-

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que ahora los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario.

El plazo original era hasta el 1 de enero de 2025, pero ahora se amplió un año el tiempo para cumplir este trámite.

El SAT afirmó que incumplir con esta obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción, pues se aplicará una multa de 11 mil pesos.

Según las reglas fiscales, desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Está fuera de esta medida:

• Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
• Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
• Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Se trata de un portal privado y personalizado en el que se envían notificaciones vía electrónica.

¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?

-Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx).

-Hay que dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente.

-Se debe elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.

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