En el dictamen “se establecen los derechos y obligaciones de las personas trabajadoras, contratos, derechos colectivos y los casos de indemnización; el derecho al reparto de utilidades, las sanciones para los administradores de plataformas cuando se violen las normas que protegen a sus trabajadores”.
También se fija el salario por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, así como días de descanso, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
Además, se incluye un registro de las horas trabajadas, emisión de recibos de pagos, inscripción en el Régimen Obligatorio de Seguridad Social y aportaciones al Infonavit, lo que se traduce en accesos a créditos y derecho a la vivienda.
De la misma forma, regula la flexibilidad de horario para trabajar con una o varias empresas; y se prevén las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
De acuerdo con la reforma, las empresas de plataformas digitales tendrán prohibido el cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos similares, relacionados con la relación laboral; el trabajo de personas menores de edad; y la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la Ley.
Además, prohíbe el encubrimiento o la simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros; la prestación de servicios de puesta a disposición de personal propio o en beneficio de otra persona física o moral; así como manipular el ingreso de las personas trabajadoras para evitar su calificación como trabajadores subordinados de plataformas digitales.
La senadora Lizeth Sánchez, del Partido del Trabajo (PT), indicó que con el proyecto “se garantizan los derechos laborales de los trabajadores de las plataformas digitales, con lo que se reconoce que nadie debe ser explotado en nombre de la innovación tecnológica, porque todos los mexicanos merecen trabajar en condiciones dignas y justas”.