“Violencia política limita participación femenina”

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Es inaceptable que la violencia política de género siga siendo un obstáculo para la participación de las mujeres en la vida política del país, advirtió el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón.

En su mensaje en el foro Violencia política contra las mujeres en razón se género. Aportaciones y desafíos de las autoridades electorales en las entidades federativas, el magistrado reveló que según un estudio del Instituto Nacional Electoral (INE), en el proceso electoral 2020-2021, una de cada tres mujeres encuestadas dijo tener temor a realizar una carrera política ante el riesgo de ser asesinada.

Indicó que es responsabilidad de las autoridades, los partidos políticos, así como de todos los integrantes de la sociedad, derribar las barreras estructurales de la discriminación y violencia contra las mujeres.
“Esta es una situación inaceptable para cualquier democracia, para cualquier espacio público donde se busca incentivar la participación igualitaria, inclusiva y representativa de su ciudadanía”, manifestó.
Recordó que a lo largo de la historia, las mexicanas libraron batallas para que se les reconociera el derecho a votar y acceder a cargos públicos. Sin embargo, este reconocimiento no eliminó la brecha de género en la representación política ni propició condiciones igualitarias.
“Es claro que para erradicar la violencia política en razón de género es indispensable que todas las instituciones y actores políticos sumen esfuerzos… Particularmente, las autoridades electorales locales deben asumir un papel garante y protagónico en el combate de estas reprochables conductas”, advirtió.
Además, lamentó que sea en el ámbito de participación política local donde las mujeres suelen encontrar las primeras y más violentas afectaciones al ejercicio de sus derechos.
Destacó que en el proceso electoral 2020-2021 desde la Sala Superior del TEPJF se determinó la nulidad de dos elecciones presidenciales municipales, tras actos de violencia política de género cometidos contra las candidatas y se han establecido criterios para sancionar estas conductas y evitar su repetición.
“Así, se han definido al menos dos supuestos en los que una sanción por violencia política de género puede derivar en una causa de inelegibilidad. El primero es por disposición legal; es decir, cuando la legislación establece que quien ha incurrido en violencia política de género no puede contender por un cargo de elección popular”, explicó.
Remarcó que el segundo supuesto es la pérdida de presunción de un modo honesto de vivir. En este caso, dijo, “la autoridad jurisdiccional determina si la infracción amerita la pérdida de esa presunción”.
Subrayó que, desde su creación, el TEPJF y los tribunales electorales estatales, han respaldado los esfuerzos por fortalecer estas medidas y ampliar las condiciones de igualdad en la participación de las mujeres en la vida pública del país y como representantes populares.
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