
El Gobierno de Jalisco aclaró que las sanciones por apología del delito continúan vigentes en el estado, luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la Acción de Inconstitucionalidad 48/2026.
El Ejecutivo estatal explicó que la Corte únicamente invalidó la expresión relacionada con la apología de “algún tipo de vicio”, al considerar que el término resultaba ambiguo, pero mantuvo las disposiciones que sancionan la inducción pública a cometer delitos y el enaltecimiento de conductas delictivas.
La resolución corresponde a la acción promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el Decreto 30134/LXIV/26, aprobado por el Congreso de Jalisco el 28 de enero de 2026. Entre otras modificaciones, el decreto reformó el artículo 142 del Código Penal del Estado para establecer penas de seis meses a un año de prisión y multas de 30 a 60 UMA por apología del delito.
El Gobierno de Jalisco también precisó que la reforma propuesta por el gobernador Pablo Lemus a la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal no fue materia de la impugnación ante la SCJN.
Ayuntamientos deben expedir reglamentos
Dicha reforma obliga a los ayuntamientos a expedir reglamentos para regular la reproducción de música, videos y otros contenidos que induzcan a la violencia o enaltezcan a autores de hechos delictivos durante espectáculos públicos.
Por ello, la administración estatal sostuvo que el fallo de la Suprema Corte no elimina las disposiciones que permiten sancionar este tipo de contenidos, incluidos los narcocorridos cuando encuadren en las conductas previstas por la legislación.
Gobierno de Jalisco afirma que no se limita la libertad de expresión
El Ejecutivo estatal señaló que las normas no prohíben géneros musicales ni buscan limitar la libertad de expresión artística, sino establecer límites legales frente a contenidos que glorifiquen o promuevan conductas delictivas.
De esta manera, el Gobierno de Jalisco sostuvo que la resolución de la SCJN no representa una autorización general para la reproducción de contenidos que hagan apología del delito en espectáculos públicos y que las disposiciones que permanecieron vigentes continúan siendo aplicables en el estado.








