PT propone sancionar hasta con 11 millones 731 mil pesos los contenidos modificadoss con IA que difundan chismes

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El diputado del PT, Alejandro Aguilar López, presentó una iniciativa que propone clasificar en cuatro niveles de riesgo los sistemas de Inteligencia Artificial y sancionar hasta con 11 millones 731 mil pesos los contenidos modificados que difundan intrigas, chismes o causen daño moral.
 La propuesta que expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada crea también la Comisión Federal de Inteligencia Artificial Ética (CONAIE), encargada de vigilar el cumplimiento del nuevo ordenamiento, evaluar los sistemas de riesgo y emitir certificados de cumplimiento ético.
 La nueva ley propuesta incluye conceptos como “Clínica del Rumor Automatizada”, que define como el proceso sistemático de creación, amplificación o difusión de información falsa, intrigas, chismes o contenidos distorsionados mediante el uso de algoritmos e IA, realizado con dolo, para causar daño moral, patrimonial o social.
 Plantea que los sistemas de inteligencia artificial se clasifiquen en cuatro niveles de riesgo: inadmisible, alto, moderado y bajo.
 Los sistemas clasificados como inadmisibles quedarán “estrictamente prohibidos”.
 Estos sistemas, detalla, son aquellos que utilizan técnicas subliminales o manipuladoras para distorsionar de manera significativa el comportamiento de una persona, causándole un daño físico, psicológico o moral, los destinados a la puntuación social generalizada, por parte de entidades públicas o privadas, y los diseñados específicamente para automatizar campañas de infundios, falsedad institucionalizada y demerito reputacional en perjuicio de la ciudadanía.
 La propuesta señala que será obligación de desarrolladores, proveedores o distribuidores de sistemas de IA generativa usar marcas de agua digital y metadatos que identifiquen de manera indeleble que el producto o contenido ha sido generado o manipulado artificialmente.
 Además, considera como una conducta infractora grave el uso de algoritmos, redes de automatización o sistemas de IA, para la orquestación de la clínica del rumor.
 “Quien difunda con dolo y mala fe, contenidos sintéticos, no etiquetados, que menoscaben la honra, intimidad o patrimonio de una persona, será sujeto a las responsabilidades civiles, por daño moral a que se refiere el Código Civil Federal, independientemente de las sanciones penales que correspondan”, advierte.
 Para ello, crea la CONAIE, encargada de vigilar el cumplimiento de la nueva Ley.
 Las sanciones consideran apercibimiento y “orden de corrección inmediata”, multas de entre 500 y hasta 100 mil UMA, dependiendo la gravedad de la falta, el dolo y el daño social causado, y la suspensión temporal o definitiva del sistema de IA del mercado nacional.
 Indica que si bien las sanciones podrán ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante el Juicio de Nulidad, las suspensiones provisionales o definitivas serán improcedentes en casos de infracciones muy graves y riesgo inadmisible en donde la CONAIE haya ordenado la suspensión definitiva, clausura o destrucción de un sistema de IA.
 “Se considerará que otorgar la suspensión causa un perjuicio evidente al interés social y contraviene disposiciones de orden público, al permitir la libre proliferación de algoritmos que atentan contra la dignidad humana y la paz social”, plantea.
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