Falla Corte contra Ticketmaster por políticas de compra

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Reforma.-

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que Ticketmaster tiene que comunicar de manera clara y precisa sus políticas de compra para que los clientes las conozcan al momento de adquirir boletos.
 Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte amparó a un cliente de Ticketmaster que, en marzo de 2022, no pudo recoger en la opción will call boletos VIP para el Festival Tecate Pal Norte, en Monterrey, ya que no presentó la misma tarjeta de crédito con la que hizo la compra por internet.
 Es el primer precedente de este tipo dictado por la Corte, y al haber sido aprobado por cinco votos, será obligatorio para todos los jueces del país en litigios similares, que son poco comunes, pues el monto involucrado usualmente es bajo y no amerita el costo de pagar abogados.
 En este caso, el abogado Jesús Manuel Soledad Terrazas pagó 20 mil pesos por los boletos, que Ticketmaster no reembolsó, por lo que demandó a la empresa el dinero, más pago de intereses, daño moral y daños punitivos.
 Instancias inferiores absolvieron a Ticketmaster, argumentando que sus políticas de compra están publicadas en su sitio de internet, pero la Corte rechazó que esto sea suficiente para garantizar los derechos del cliente.
 “El hecho de que las políticas de compra estén publicadas en alguna sección de la página del proveedor del servicio, por sí mismo, no satisface la obligación que éste tiene con el consumidor de informarle de manera clara y precisa sobre el contenido y las condiciones de la prestación del servicio”, afirmó la Corte.
 “Máxime que, al tratarse de un contrato de adhesión, el consumidor no participó en su elaboración, por lo que se encuentra en una situación de desigualdad con el proveedor en lo referente al conocimiento de sus cláusulas”, agregó, al aprobar el 15 de enero un proyecto de la Ministra Margarita Ríos Farjat.
 La Corte recordó varios precedentes en los que ha establecido que existe una relación asimétrica entre las empresas que operan por medio de contratos de adhesión y los consumidores.
 Luego de este fallo, el expediente será devuelto a un tribunal colegiado civil de la Ciudad de México, para que ordene la rescisión del contrato de compra de boletos por internet, y resuelva sobre las peticiones de reembolso, así como de pago de intereses y daños.
 En agosto de 2023, un tribunal colegiado civil ya había dictado una sentencia similar en una demanda contra una aerolínea, en la que también se estableció que publicar políticas de compra y cancelación en algún apartado del sitio de internet no genera en automático la conformidad del cliente.
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